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Acción de Protección

Acción de protección rechazada.

No es la acción de protección el cauce procesal idóneo para pronunciarse sobre el mérito y pertinencia de una resolución dictada por un árbitro.

Es en el proceso arbitral donde debe revisarse si la solicitud de embargo de bienes y la resolución que lo dispone afectan derechos de terceros en la fase de ejecución del fallo, conforme dispone el artículo 233 inciso 2º del Código de Procedimiento Civil.

Por Francisca Barrios Benavente·29 de octubre de 2023·1 min de lectura
No es la acción de protección el cauce procesal idóneo para pronunciarse sobre el mérito y pertinencia de una resolución dictada por un árbitro.
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Es en el proceso arbitral donde debe revisarse si la solicitud de embargo de bienes y la resolución que lo dispone afectan derechos de terceros en la fase de ejecución del fallo, conforme dispone el artículo 233 inciso 2º del Código de Procedimiento Civil . . .

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