Acción de Protección
Corte de Santiago
Negativa a revalidar título de abogado obtenido en Venezuela, tras tres intentos reprobados, se ajusta a derecho
Los egresados de Derecho de la Universidad de Chile están sujetos al mismo límite de tres intentos para rendir el examen oral de grado dentro de un plazo de dos años, por lo que permitir un nuevo intento al recurrente sería otorgarle un privilegio indebido

La Corte de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto por un ciudadano venezolano en contra del Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y de la Prorrectora de la Universidad de Chile, por haber negado al actor la posibilidad de reingresar al proceso de revalidación de su título profesional de abogado obtenido en Venezuela.
El recurrente alegó que la negativa infringe el artículo 20 del Decreto Universitario N° 0030.203 de 2005 de la Universidad, que permite reiniciar el trámite un año después de la reprobación. Relató que, tras cumplir ese plazo y seguir las instrucciones para reingresar, su solicitud fue rechazada con base en la Resolución N° 239 de 2015, que limita a tres intentos el examen dentro de dos años.
Alegó vulneración de derechos fundamentales, como la igualdad ante la ley, integridad psíquica y derecho a la educación, indicando que se ha permitido el reingreso a otros 38 profesionales, lo que evidencia un trato desigual.
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