Acción de Protección
Inexistencia de derechos indubitados.
Negativa a considerar la intervención del recurrente dentro de la denominada Ley de Urgencias se ajusta a derecho.
El afectado no posee un derecho indubitado que amerite la cautela de emergencia que subyace en la acción constitucional. Además, legislador ha dispuesto expresamente procedimientos legales de lato conocimiento destinados a esclarecerlos.

El afectado no posee un derecho indubitado que amerite la cautela de emergencia que subyace en la acción constitucional. Además, legislador ha dispuesto expresamente procedimientos legales de lato conocimiento destinados a esclarecerlos . . .
🔒 Contenido Premium
Te puede interesar
Newsletter
Lo esencial del derecho, cada mañana
Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.


