Acción de Protección
Acción de protección acogida por Corte de Concepción.
La Municipalidad no informó el cese de la relación laboral a la Administradora de Fondos de Cesantía vulnerando así el derecho de propiedad de la ex trabajadora.
Conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N°19.728, que establece un seguro de desempleo, para que los afiliados tengan derecho a una prestación por cesantía, deben reunir, entre otros requisitos, el señalado en su letra d), esto es, encontrarse cesante al momento de solicitar la prestación.

Conforme lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N°19.728, que establece un seguro de desempleo, para que los afiliados tengan derecho a una prestación por cesantía, deben reunir, entre otros requisitos, el señalado en su letra d), esto es, encontrarse cesante al momento de solicitar la prestación . . .
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