Acción de Protección
Libertad de expresión y derecho a la honra.
Expresiones divulgadas en Facebook por una mujer en contra del trabajo profesional de médica que realizó un tratamiento estético deficiente, no son arbitrarias o ilegales resuelve la Corte Suprema.
Las publicaciones constituyen una exposición de hechos de interés comunitario, cuyo principal fin es informativo por el interés y trascendencia que el tema reviste para la colectividad, por lo tanto, no tienen la entidad de vulnerar el artículo 19 N°4 de la Constitución.

Las publicaciones constituyen una exposición de hechos de interés comunitario, cuyo principal fin es informativo por el interés y trascendencia que el tema reviste para la colectividad, por lo tanto, no tienen la entidad de vulnerar el artículo 19 N°4 de la Constitución . . .
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