Acción de Protección
Política pública.
Corte de Santiago rechazó recurso de protección interpuesto en contra del Ministerio de Salud que instruyó restricciones de movilidad para quienes no se hayan vacunado.
El Tribunal de alzada señala que estableció que las restricciones que deben soportar los recurrentes, al no contar con el denominado “pase de movilidad”, al haber optar voluntariamente por no vacunarse, no resultan desproporcionadas ni poco razonables, ya que el ejercicio de la libertad en sociedad supone responsabilidades y los derechos colectivos.

El Tribunal de alzada señala que estableció que las restricciones que deben soportar los recurrentes, al no contar con el denominado “pase de movilidad”, al haber optar voluntariamente por no vacunarse, no resultan desproporcionadas ni poco razonables, ya que el ejercicio de la libertad en sociedad supone responsabilidades y los derechos colectivos . . .
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