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Acción de Protección

Acción de protección rechazada.

Controversias que tengan lugar en comunidades habitacionales deben ser resueltas por el Juzgado de Policía Local competente, no siendo el recurso de protección la vía idónea.

Los recurrentes alegaron que la Ley N° 21.442 sobre Copropiedad Inmobiliaria no contemplaba un mecanismo para la resolución de conflictos entre los residentes y los conserjes o demás funcionarios, lo que fue descartado por la Corte, en base al artículo 44 de esa ley.

Por Miguel García Herrera·01 de diciembre de 2022·1 min de lectura
Controversias que tengan lugar en comunidades habitacionales deben ser resueltas por el Juzgado de Policía Local competente, no siendo el recurso de protección la vía idónea.
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Los recurrentes alegaron que la Ley N° 21.442 sobre Copropiedad Inmobiliaria no contemplaba un mecanismo para la resolución de conflictos entre los residentes y los conserjes o demás funcionarios, lo que fue descartado por la Corte, en base al artículo 44 de esa ley . . .

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