8°C · Nublado·Santiago·Sábado, 08 de agosto de 2026

Acción de Protección

Recurso de protección acogido.

Compañía de servicios telefónicos debe abstenerse de seguir efectuando llamadas de cobranza extrajudicial requiriendo el pago de una deuda que ya fue saldada.

En estrados, la recurrente alegó seguir recibiendo llamadas de cobranza, incluso después de la notificación del recurso, lo que no fue contradicho por la recurrida al no concurrir a la audiencia, por lo que el tribunal presumió la veracidad de tales alegaciones.

Por Miguel García Herrera·24 de octubre de 2022·1 min de lectura
Compañía de servicios telefónicos debe abstenerse de seguir efectuando llamadas de cobranza extrajudicial requiriendo el pago de una deuda que ya fue saldada.
Imagen referencial

En estrados, la recurrente alegó seguir recibiendo llamadas de cobranza, incluso después de la notificación del recurso, lo que no fue contradicho por la recurrida al no concurrir a la audiencia, por lo que el tribunal presumió la veracidad de tales alegaciones . . .

🔒 Contenido Premium

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.