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Diario Constitucional

Descanso en el trabajo.

Tribunal Supremo de España declaró que los trabajadores de un “contact center” tienen derecho a hacer pausas de cinco minutos por cada hora efectiva de trabajo.

Los descansos se configuran como una medida de seguridad e higiene de protección del trabajador, por lo que deben ser respetadas con independencia de la distribución de la jornada del trabajador.

Por Vicente Aylwin Fernández·08 de junio de 2021·1 min de lectura
Imagen: poderjudicial.es
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Los descansos se configuran como una medida de seguridad e higiene de protección del trabajador, por lo que deben ser respetadas con independencia de la distribución de la jornada del trabajador . . .

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