Pruebas obtenidas ilícitamente.
Tribunal Supremo de España declara que la Administración tributaria no puede utilizar contra contribuyentes pruebas declaradas nulas en un juicio penal.
La administración no puede tomar como base pruebas obtenidas con vulneración de derechos fundamentales para determinar liquidaciones o imponer sanciones a un contribuyente.

La administración no puede tomar como base pruebas obtenidas con vulneración de derechos fundamentales para determinar liquidaciones o imponer sanciones a un contribuyente . . .


