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Diario Constitucional

Medida de emergencia económica

Tribunal de EE.UU. valida suspensión presidencial de beneficio aduanero para importaciones menores

El Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos dictó una sentencia sumaria en favor del gobierno federal, al rechazar la demanda interpuesta por una empresa automotriz. La demandante impugnó la orden dictada por el jefe de Estado que suspendió la exención aduanera que autorizaba el…

Por Redacción·19 de agosto de 2026·2 min de lectura
Tribunal de EE.UU. valida suspensión presidencial de beneficio aduanero para importaciones menores
Referencial

El Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos dictó una sentencia sumaria en favor del gobierno federal, al rechazar la demanda interpuesta por una empresa automotriz. La demandante impugnó la orden dictada por el jefe de Estado que suspendió la exención aduanera que autorizaba el ingreso al país sin aranceles de importaciones individuales valoradas en menos de 800 dólares.

La controversia comenzó en 2025 tras la emisión de decretos que instauraron un amplio esquema tarifario bajo una declaración de emergencia nacional. La empresa sostuvo que, según precedentes de la Corte Suprema que impiden al Poder Ejecutivo fijar gravámenes mediante la ley de facultades económicas de emergencia, tampoco existía potestad para suprimir este beneficio aduanero, acusando además infracciones al procedimiento administrativo.

Al resolver el caso, el tribunal analizó el texto legal y su tramitación legislativa, concluyendo que la normativa califica la liberación de aranceles como un privilegio que el presidente puede revocar ante amenazas extraordinarias. Desestimó la tesis de la demandante que buscaba restringir el concepto a derechos patrimoniales tradicionales, estableciendo que el Poder Legislativo no fijó límites que impidieran aplicar dicha facultad.

El fallo determinó que dejar sin efecto esta excepción no vulnera el principio de no delegación de potestades ni invade atribuciones presupuestarias reservadas al Congreso. Según el tribunal, la ley confiere una directriz delimitada al circunscribir la acción a privilegios, sin que la medida constituya un veto parcial encubierto ni una modificación sustancial del régimen impositivo, sino solo el control temporal sobre bienes de bajo costo.

En cuanto a los organismos públicos a cargo de implementar el mandato, la sentencia descartó irregularidades administrativas, pues la ejecución directa de atribuciones presidenciales discrecionales no está sujeta a revisión bajo la ley de procedimiento. Esta exención había sido ampliada en 2015 desde los 200 hasta los 800 dólares, antes de que una reciente ley del Congreso aprobara su derogación legal definitiva a contar de julio de 2027.

Vea texto de la sentencia.

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