7°C ·Santiago·09 de septiembre de 2026
Diario Constitucional

Accidente laboral.

Tribunal de Argentina condena a compañía de seguros al pago de millonaria indemnización por accidente laboral aun cuando los trabajadores no estaban inscritos como trabajadores de la empresa.

La aseguradora debe considerarse como deudora de las prestaciones que la ley prescribe, sin perjuicio de su facultad de repetir contra el empleador. La ley contempla el caso del empleador que ha omitido denunciar la obligación de pago o la contratación de un trabajador.

Por Vicente Aylwin Fernández·23 de julio de 2021·1 min de lectura
Tribunal de Argentina confirmó condena contra una empresa por hostigar a una empleada que padece una enfermedad terminal.
Referencial

La aseguradora debe considerarse como deudora de las prestaciones que la ley prescribe, sin perjuicio de su facultad de repetir contra el empleador. La ley contempla el caso del empleador que ha omitido denunciar la obligación de pago o la contratación de un trabajador . . .

Te puede interesar