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70% y 30% respectivamente

Justicia argentina dictamina responsabilidad compartida de banco y clienta por fraude ocurrido en Marketplace

Un tribunal argentino resolvió distribuir los perjuicios económicos derivados de una estafa virtual, asignando un 70% de responsabilidad a la entidad bancaria y un 30% a la clienta afectada. El conflicto judicial comenzó en 2022, luego de que la titular publicara un artículo en la plataforma…

Por Redacción·18 de agosto de 2026·1 min de lectura
Justicia argentina dictamina responsabilidad compartida de banco y clienta por fraude ocurrido en Marketplace
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Un tribunal argentino resolvió distribuir los perjuicios económicos derivados de una estafa virtual, asignando un 70% de responsabilidad a la entidad bancaria y un 30% a la clienta afectada. El conflicto judicial comenzó en 2022, luego de que la titular publicara un artículo en la plataforma Marketplace y fuera contactada por supuestos compradores.

La víctima recibió un llamado donde le aseguraron haberle transferido por error 150 mil pesos a su cuenta, solicitando la restitución de los fondos. Minutos más tarde intervino un supuesto asesor bancario para guiarla en la supuesta reversión, logrando que la mujer generara una clave de validación y suministrara las credenciales de seguridad de su banca digital.

Con estos accesos, terceros obtuvieron un crédito preaprobado por 295 mil 800 pesos, y gestionaron un anticipo salarial y transfirieron el dinero a una billetera virtual. Al percatarse de la maniobra, la afectada modificó sus claves y presentó las denuncias administrativas y penales.

El banco apeló el fallo inicial señalando que no existió una intromisión técnica externa en sus sistemas, ya que las operaciones se validaron con usuario, contraseña y códigos correctos. La entidad sostuvo que la entrega voluntaria de los datos por parte de la titular constituía un hecho de la víctima que la liberaba de toda responsabilidad civil.

El tribunal razonó que la secuencia de actos debió activar las alertas preventivas del banco, al registrarse un cambio de clave, la activación de un código de seguridad, la solicitud de créditos inmediatos y transferencias casi totales desde una cuenta sueldo, considerando además que la entidad no puede desconocer estas modalidades delictivas reiteradas.

La sentencia destacó que la entidad incumplió la normativa aplicable, la cual exige notificar la aprobación de préstamos y esperar 48 horas hábiles antes de acreditar fondos sin confirmación expresa, concluyendo que la falta de medidas adecuadas facilitó el fraude pese al descuido de la clienta.

Vea sentencia tribunal argentino.

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