Juez “karateca”
Justicia argentina confirma destitución de juez que protagonizó violenta pelea vial
La Corte Suprema de Argentina dejó firme la remoción de un magistrado que ejercía funciones en un juzgado civil de familia y sucesiones provincial, al rechazar la queja deducida contra la resolución que dispuso su apartamiento definitivo. La decisión del máximo tribunal validó lo resuelto en…

La Corte Suprema de Argentina dejó firme la remoción de un magistrado que ejercía funciones en un juzgado civil de familia y sucesiones provincial, al rechazar la queja deducida contra la resolución que dispuso su apartamiento definitivo. La decisión del máximo tribunal validó lo resuelto en sede disciplinaria tras un incidente de tránsito ocurrido a mediados de 2021, oportunidad en la que el funcionario mantuvo un altercado con un joven motociclista.
El episodio quedó registrado en un video grabado por un testigo y obtuvo una masiva difusión pública. En el registro se constató que el exjuez persiguió a los gritos al repartidor, intentó agredirlo físicamente con patadas y arrojó la motocicleta contra el suelo. Con posterioridad a la viralización de los hechos, el propio involucrado reconoció la violencia de su accionar, expresó disculpas públicas y ofreció reparar económicamente los daños ocasionados.
Meses después del hecho, el Jurado de Enjuiciamiento provincial determinó por unanimidad la destitución del funcionario por evidenciar falta de cortesía, decoro y tacto, afectando la dignidad del servicio judicial. El órgano destacó que la condición de magistrado exige parámetros específicos de moderación y prudencia, incompatibles con la resolución de controversias mediante la violencia. La corte suprema local confirmó íntegramente este criterio sancionatorio.
La defensa del afectado recurrió ante el tribunal federal alegando que la sanción resultaba desmedida e injusta, calificando el episodio como un exabrupto que no alteró el orden institucional. Asimismo, sostuvo que existió un reconocimiento inmediato del error, disculpas a la víctima y reparación del daño, junto con una trayectoria libre de antecedentes que desaconsejaba disponer la pérdida del cargo.
Al desestimar los planteos, los integrantes de la Corte señalaron que el proceso de remoción tiene carácter primordialmente disciplinario, por lo que no equivale a un juicio de naturaleza ordinaria. La judicatura remarcó que los hechos no fueron controvertidos y que una agresión admitida y difundida públicamente no constituye una falta menor, resultando suficiente para quebrar de modo irreparable la confianza de la ciudadanía.
Finalmente, la sentencia precisó que la sola alegación de infracciones a las garantías del debido proceso no basta si no se acompaña de un desarrollo argumental consistente. Al no acreditarse arbitrariedad que habilitara la procedencia del recurso, la Corte Suprema ratificó la validez del procedimiento provincial y dejó firme la destitución.
Temas
Te puede interesar
Suscribirme a Newsletter


