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Diario Constitucional

Medida no supone un ahorro razonable ni proporcionado.

Empresa que suprimió servicio de transporte a trabajadores por motivos económicos debe reanudarlo por ser una medida arbitraria, resuelve el Tribunal Supremo de España.

Queda normativamente reconocida la discrecionalidad -que no arbitrariedad- del empresario en la gestión de las medidas frente a la situación de crisis. Ahora bien, eso no significa que el poder del empresario sea absoluto e ilimitado. Una cosa es que se le permita, de manera amplia, gestionar las crisis, y otra bien distinta es que ello le confiera un poder absoluto de intervención en las condiciones de los trabajadores

Por Redacción·10 de agosto de 2024·1 min de lectura
imagen: softoursistemas
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Queda normativamente reconocida la discrecionalidad -que no arbitrariedad- del empresario en la gestión de las medidas frente a la situación de crisis. Ahora bien, eso no significa que el poder del empresario sea absoluto e ilimitado. Una cosa es que se le permita, de manera amplia, gestionar las crisis, y otra bien distinta es que ello le confiera un poder absoluto de intervención en las condiciones de los trabajadores . . .

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