Argentina.
Delito de trata de personas con explotación laboral es de competencia de la justicia federal, resuelve la Corte Suprema Argentina.
Más allá de la significación penal que en definitiva corresponda asignar a los hechos denunciados, confluyen en el presente una serie de circunstancias que impiden descartar, al menos de momento, la existencia de conductas en infracción a la ley de sanción y prevención de la trata de personas.

Más allá de la significación penal que en definitiva corresponda asignar a los hechos denunciados, confluyen en el presente una serie de circunstancias que impiden descartar, al menos de momento, la existencia de conductas en infracción a la ley de sanción y prevención de la trata de personas . . .
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