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Diario Constitucional

Consulta previa.

Corte Constitucional de Colombia determina que la consulta previa no solo procede respecto de proyectos que requieren evaluación ambiental, sino que se configura como un mecanismo de interacción cultural.

La consulta previa debe ser promovida siempre que exista una intervención directa, sea o no ambiental, en una comunidad.

Por Vicente Aylwin Fernández·12 de agosto de 2021·1 min de lectura
Durante un procedimiento laboral el empleador debe hacer presente la imposibilidad de reintegrar al trabajador y pagar las indemnizaciones que procedan, resuelve la Corte Constitucional colombiana.
Referencial

La consulta previa debe ser promovida siempre que exista una intervención directa, sea o no ambiental, en una comunidad . . .

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