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Diario Constitucional

El adicto es un enfermo.

Corte Constitucional de Colombia declaró exequibilidad condicionada de norma que no penaliza el consumo personal de drogas.

cuando el porte o la conservación recae sobre sustancia estupefaciente sicotrópica o droga sintética, en cantidades comprendidas incluso dentro de la categoría de dosis personal, pero destinadas no al propio consumo sino a la comercialización, o incluso a la distribución gratuita la conducta será penalizada toda vez que tiene la potencialidad de afectar el bien jurídico de la salud pública.

Por diarioconstitucional·04 de julio de 2012·1 min de lectura
Corte Constitucional de Colombia declaró exequibilidad condicionada de norma que no penaliza el consumo personal de drogas.
Referencial

cuando el porte o la conservación recae sobre sustancia estupefaciente sicotrópica o droga sintética, en cantidades comprendidas incluso dentro de la categoría de dosis personal, pero destinadas no al propio consumo sino a la comercialización, o incluso a la distribución gratuita la conducta será penalizada toda vez que tiene la potencialidad de afectar el bien jurídico de la salud pública . . .

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