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Diario Constitucional

Entorno de trabajo seguro

Persona trabajadora elegida para integrar el Comité Paritario de Higiene y Seguridad puede renunciar por motivos personales

La actual normativa busca asegurar la participación e integración de las personas trabajadoras en dicho comité.

Por Redacción·16 de agosto de 2025·1 min de lectura
Fuente: laopinion.de
Referencial

La Contraloría General de la República solicitó pronunciamiento a la Superintendencia de Seguridad Social, a fin de que aclare la situación de trabajadores que resulten electos para formar parte del Comité Paritario de Higiene y Seguridad sin su consentimiento.

Al respecto, la autoridad señala que el Decreto Supremo N°44 de 2024 -que aprueba un nuevo reglamento sobre gestión preventiva de riesgos laborales para promover entornos de trabajo seguros y saludables en Chile-, derogó el Decreto Supremo N°54 de 1969, anterior reglamento para la constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

Añade que la nueva normativa establece que se considerarán candidatas a integrar el Comité Paritario de Higiene y Seguridad, todas las personas trabajadoras que cumplan los requisitos a que se refiere su artículo N°32, sin perjuicio del derecho de cada persona de promover su propia candidatura.

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