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Diario Constitucional

Unificación de jurisprudencia acogida.

Nulidad del despido produce la ineficacia del finiquito sólo en relación a la acción y sanción prevista en el artículo 162 del Código del Trabajo.

El máximo Tribunal determinó que se cometió un error al no acogerse la excepción de finiquito opuesta por la parte demandada.

Por Redacción·07 de abril de 2024·1 min de lectura
Nulidad del despido produce la ineficacia del finiquito sólo en relación a la acción y sanción prevista en el artículo 162 del Código del Trabajo.
Referencial

El máximo Tribunal determinó que se cometió un error al no acogerse la excepción de finiquito opuesta por la parte demandada . . .

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