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Diario Constitucional

Fallo dividido.

Mutualidad debe dar la cobertura del seguro de accidente laboral y enfermedad profesional a trabajador que se presentó en un centro asistencial diverso al establecido por aquella.

Las resoluciones que excluyeron al actor de la referida cobertura carecen de la debida fundamentación.

Por Redacción·01 de septiembre de 2022·1 min de lectura
Mutualidad debe dar la cobertura del seguro de accidente laboral y enfermedad profesional a trabajador que se presentó en un centro asistencial diverso al establecido por aquella.
Referencial

Las resoluciones que excluyeron al actor de la referida cobertura carecen de la debida fundamentación . . .

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