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Diario Constitucional

Personal a honorarios.

Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel rechazó demanda de declaración de relación laboral y despido injustificado intentada contra la Municipalidad de San Joaquín.

La contratación se enmarcó dentro de las facultades previstas en el artículo 4 de la Ley N°18.883.

Por Redacción·03 de abril de 2021·1 min de lectura
Servicios a honorarios de psicóloga prestados en programa de prevención de drogas de la Municipalidad de San Joaquín, corresponden a una relación laboral, resuelve la Corte Suprema.
Referencial

La contratación se enmarcó dentro de las facultades previstas en el artículo 4 de la Ley N°18.883 . . .

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