Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.
Funcionarios contratados a honorarios por la administración del Estado no pueden acusar nulidad del despido, resuelve la Corte Suprema.
Los contratos celebrados por la Administración gozan de presunción de legalidad, y no pueden convalidar libremente las disposiciones del artículo 162 del Código del Trabajo.

Los contratos celebrados por la Administración gozan de presunción de legalidad, y no pueden convalidar libremente las disposiciones del artículo 162 del Código del Trabajo . . .
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