Principio protector.
CS rechazó unificación de jurisprudencia relativa a la compatibilidad del despido indirecto y nulidad del despido.
Asimismo, reiteró que, de cumplirse los presupuestos, la nulidad del despido es procedente cuando la relación laboral es declarada judicialmente.

Asimismo, reiteró que, de cumplirse los presupuestos, la nulidad del despido es procedente cuando la relación laboral es declarada judicialmente . . .
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