Nulidad laboral acogida
Corte de Santiago anula fallo por errónea valoración de la prueba, reconoce relación laboral informal y declara despido injustificado
La relación se desarrolló en absoluta informalidad, sin contrato escrito ni pago de cotizaciones previsionales, y la desvinculación fue unilateral, verbal e incausada, siendo improcedente la alegación posterior de una supuesta renuncia. El despido fue declarado improcedente y la falta de pago de cotizaciones configuró su nulidad.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que rechazó la demanda de reconocimiento de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido, pago de prestaciones laborales y cotizaciones previsionales.
Contra este fallo, la demandante dedujo recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a la sana crítica. Cuestionó que, pese a reconocer la existencia de la relación laboral, el tribunal descartó la fecha de inicio alegada por falta de prueba, omitiendo la presunción legal del artículo 9 del mismo Código.
Alegó que aportó elementos como el acta de conciliación ante la Dirección del Trabajo, mensajes de WhatsApp con comprobantes de pago, y un comprobante de feriado que no fueron objetados, además de la incomparecencia injustificada de la demandada a la audiencia única.
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