Nulidad laboral acogida
Corte anula fallo que rechazó demanda por despido injustificado: vínculo laboral era indefinido y no por obra o faena
La Corte acogió un recurso de nulidad al constatar que el tribunal de primera instancia aplicó erróneamente la norma sobre contratos por obra o faena, pese a haber reconocido que la relación laboral carecía de una definición clara de inicio y término de obra. En su reemplazo, declaró el despido como injustificado, ordenó el pago de indemnizaciones y estableció la responsabilidad subsidiaria de la empresa principal por tratarse de una relación en régimen de subcontratación

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que rechazó la demanda de despido injustificado e indemnizaciones derivadas.
Contra este fallo, la parte demandante interpuso recurso de nulidad, invocando como causal la prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, por haber incurrido en la sentencia en infracciones de ley que han influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, particularmente en relación a la errónea interpretación y aplicación del artículo 163 inciso 3°, en relación con los artículos 162, 168 y 159 N°5 del mismo cuerpo legal.
Sostuvo que dichas normas fueron interpretadas de forma restrictiva, desconociendo los principios protectorio e in dubio pro operario, y que el artículo 163 no exime al empleador de la obligación de fundamentar la carta de despido ni de acreditar la causal invocada.
Temas
Te puede interesar
Suscribirme a Newsletter


