Judicial
Recurso de casación en el fondo acogido, con voto en contra.
Si la tenencia del inmueble se justifica en las relaciones de familia reconocidas por las partes, no es procedente la acción de precario.
Resolvió que la relación familia constituye un vínculo jurídico entre el ocupante y la propiedad, lo cual excluye la posibilidad de una tenencia en precario y que, por lo tanto, debe ser resuelta mediante acciones específicas y no a través de una demanda de precario.

Resolvió que la relación familia constituye un vínculo jurídico entre el ocupante y la propiedad, lo cual excluye la posibilidad de una tenencia en precario y que, por lo tanto, debe ser resuelta mediante acciones específicas y no a través de una demanda de precario . . .
🔒 Contenido Premium
Temas
Te puede interesar
Newsletter
Lo esencial del derecho, cada mañana
Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.


