Judicial
Derecho a desarrollar cualquier actividad económica lícita.
Recurso de amparo económico deducido por empresa en contra del SII por el bloqueo en el portal electrónico del Servicio, se acoge a trámite por la Corte Suprema.
Resolvió que el tribunal a quo carece de facultades para declarar inadmisible una acción de amparo económico, puesto que la Ley N° 18.971 establece que el tribunal deberá investigar la infracción denunciada y dar curso progresivo a los autos hasta el fallo respectivo.

Resolvió que el tribunal a quo carece de facultades para declarar inadmisible una acción de amparo económico, puesto que la Ley N° 18.971 establece que el tribunal deberá investigar la infracción denunciada y dar curso progresivo a los autos hasta el fallo respectivo . . .
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