Judicial
Ley de Transparencia
Oficios circulares internos del SII son actos públicos y deben entregarse, confirma Corte de Santiago
El tribunal sostuvo que los oficios circulares internos del SII son documentos públicos que deben estar disponibles, rechazando el reclamo presentado contra el Consejo para la Transparencia. Estableció que el SII no acreditó cómo la entrega de esta información podría afectar su función fiscalizadora ni el interés nacional, reafirmando el principio de publicidad y control social del ejercicio de facultades discrecionales

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por el Servicio de Impuestos Internos (SII) en contra del Consejo para la Transparencia (CPLT), que ordenó la entrega de oficios circulares internos sobre anotaciones tributarias.
La petición de información solicitó al SII “toda instrucción interna (oficio circular) que regule el establecimiento de anotaciones distintas de las reguladas en el Oficio Circular N° 4/2022: cuáles son, qué circunstancias las motiva, qué consecuencias jurídicas se derivan de su establecimiento y qué debe ocurrir para que estas se alcen”.
El SII denegó la entrega argumentando que se trata de consultas y no información pública, y que revelar los oficios circulares internos afectaría sus estrategias de fiscalización y la recaudación tributaria, invocando las causales de reserva del artículo 21 N° 1 y N° 4 de la Ley de Transparencia.
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