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Judicial

Reclamo de ilegalidad rechazado.

Multa de 400 UTM a COPEC por suministrar combustible líquido a instalación de almacenamiento que no cuenta con registro en la SEC, se confirma por la Corte de Santiago.

Desestimó las ilegalidades respecto de la resolución impugnada, y rechazó la solicitud de rebaja de la multa, pues se ajusta a los parámetros establecidos en la Ley N° 18.410, considerando diversos factores como el daño causado y la capacidad económica.

Por Francisca Atenas·22 de noviembre de 2024·1 min de lectura
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Desestimó las ilegalidades respecto de la resolución impugnada, y rechazó la solicitud de rebaja de la multa, pues se ajusta a los parámetros establecidos en la Ley N° 18.410, considerando diversos factores como el daño causado y la capacidad económica . . .

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