Judicial
Recurso de casación acogido en fallo dividido.
Corte Suprema ordena el cumplimiento de disposiciones testamentarias sobre inmueble ubicado en la comuna de El Tabo.
El máximo Tribunal estableció error de derecho en la sentencia que rechazó la demanda.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante y, en sentencia de reemplazo, hizo lugar a la demanda de cumplimiento de disposiciones testamentarias sobre inmueble ubicado en la comuna de El Tabo.
El fallo señala que, el legado contenido en la cláusula octava del testamento asigna a LB el inmueble ubicado en calle Vasco de Gama sujeto a la condición de que esta ceda a título gratuito a favor de MB el 33,333% de los derechos que la primera tiene en el inmueble ubicado en la Comuna de El Tabo. Se señala además que la condición debe cumplirse en el plazo de 30 días luego de la apertura de la sucesión. La asignación condicional en los términos dispuestos por el testador es suspensiva y positiva, en tanto consiste en la realización de un hecho de cuya ocurrencia depende el nacimiento o la obtención de un derecho, y que en este caso viene dado por la adquisición de parte de LB del legado sobre el inmueble ubicado en Calle Vasco de Gama.
Es además una asignación condicional mixta. Esto último en tanto el hecho futuro en el que consiste la condición depende de la voluntad tanto de la persona del deudor como del acreedor. En este caso LB es la acreedora del legado condicional y MB, en su calidad de heredera universal, es la deudora del legado. De acuerdo con el artículo 1360 del Código Civil y según lo manifestado por la doctrina nacional, si en el testamento no se indica a persona determinada quien debe tener a su cargo el pago de un legado, se aplica la regla general por la cual las deudas testamentarias se dividen entre los herederos a prorrata de sus cuotas. En este caso, siendo doña Mónica Bernain la única heredera a título universal, es ella la única deudora del legado condicional. La asignación testamentaria condicional contenida en la cláusula octava del testamento es a su vez determinada, en tanto el testador fijó la época en la que debe cumplirse la condición.
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