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Judicial

Ley N° 19.496.

Centro de Capacitación es condenado como infractor a la Ley del Consumidor por suspender unilateralmente un curso ofrecido aludiendo a la falta de alumnos presentes en las clases.

El fallo de primera instancia desestimó las alegaciones de los estudiantes afectados por falta de pruebas que dieran cuenta del incumplimiento del contrato de educación, pero la Corte revocó esa decisión tras establecer que la prueba del cumplimiento era carga del proveedor denunciado.

Por Miguel García Herrera·30 de septiembre de 2022·1 min de lectura
Imagen: lainformacion.com
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El fallo de primera instancia desestimó las alegaciones de los estudiantes afectados por falta de pruebas que dieran cuenta del incumplimiento del contrato de educación, pero la Corte revocó esa decisión tras establecer que la prueba del cumplimiento era carga del proveedor denunciado . . .

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