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Diario Constitucional

Corte Constitucional de Colombia.

Víctimas de violencia de género tienen derecho a ser escuchadas en los procesos seguidos contra sus presuntos agresores, con observancia de las garantías del debido proceso.

La protección del interés superior de los menores no implicaba que la autoridad pudiera desconocer las garantías procesales y sustanciales de las que la accionante era titular por ser víctima de violencia intrafamiliar. Aun en aquellos casos en los que existe un contexto de agresiones recíprocas, las mujeres que han sido agredidas física y psicológicamente tienen derecho a ser escuchadas en los procesos ante las autoridades de familia.

Por Redacción·19 de noviembre de 2023·1 min de lectura
imagen: limagris.com
Referencial

La protección del interés superior de los menores no implicaba que la autoridad pudiera desconocer las garantías procesales y sustanciales de las que la accionante era titular por ser víctima de violencia intrafamiliar. Aun en aquellos casos en los que existe un contexto de agresiones recíprocas, las mujeres que han sido agredidas física y psicológicamente tienen derecho a ser escuchadas en los procesos ante las autoridades de familia . . .

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