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Diario Constitucional

Tribunal Supremo de España.

Si la víctima consiente la penetración se debe condenar por abuso sexual y no por violación si el acusado se retira el preservativo sin consentimiento durante la relación sexual.

El engaño del sujeto respecto de la utilización del preservativo, simulando su llevanza conforme a lo acordado, para quitárselo, o no llegar a ponérselo, afecta a la forma de la injerencia, al grado de injerencia en la relación consentida, por lo que tiene la relevancia precisa para afirmar la tipicidad en el delito de violación, refiere el voto en contra.

Por Redacción·03 de julio de 2024·1 min de lectura
Si la víctima consiente la penetración se debe condenar por abuso sexual y no por violación si el acusado se retira el preservativo sin consentimiento durante la relación sexual.
Referencial

El engaño del sujeto respecto de la utilización del preservativo, simulando su llevanza conforme a lo acordado, para quitárselo, o no llegar a ponérselo, afecta a la forma de la injerencia, al grado de injerencia en la relación consentida, por lo que tiene la relevancia precisa para afirmar la tipicidad en el delito de violación, refiere el voto en contra . . .

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