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Diario Constitucional

Principio de igualdad de los oferentes.

Ninguno de los oferentes cumplió con todos los requisitos por lo que la adjudicación de la licitación es ilegal y arbitraria, resuelve Tribunal de Contratación Pública.

En los procesos de compras públicas rige el principio de igualdad de trato de los oferentes, consecuencia de la garantía de igualdad ante la ley, el que obliga a la Administración a asegurar la igualdad entre los participantes, que permita mantener su carácter competitivo. De no respetarse lo dispuesto en las bases de la licitación, las ofertas serán calificadas como no válidas o inadmisibles y el oferente que no se ajuste al contenido de las bases de la licitación, debe ser descalificado del procedimiento de licitación.

Por Redacción·14 de diciembre de 2023·1 min de lectura
Principio de la No formalización que rige supletoriamente la licitación permite concluir que no se vulneraron las bases del concurso y el principio de igualdad de los proponentes.
Referencial

En los procesos de compras públicas rige el principio de igualdad de trato de los oferentes, consecuencia de la garantía de igualdad ante la ley, el que obliga a la Administración a asegurar la igualdad entre los participantes, que permita mantener su carácter competitivo. De no respetarse lo dispuesto en las bases de la licitación, las ofertas serán calificadas como no válidas o inadmisibles y el oferente que no se ajuste al contenido de las bases de la licitación, debe ser descalificado del procedimiento de licitación . . .

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