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Contraloría General de la República

Ley N°21.258

Ley del Cáncer no contempla fuero laboral para funcionarios públicos: aclaró Contraloría

El órgano contralor precisó que la Ley N° 21.258 protege a los funcionarios diagnosticados con cáncer frente a actos discriminatorios, pero no contempla un fuero laboral que impida su despido o modificación de funciones durante el tratamiento, ya que dicha medida fue descartada por el legislador.

Por Francisca Atenas·24 de octubre de 2025·2 min de lectura
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La Contraloría General de la República, mediante el Dictamen N° E171789N25, de fecha 10 de octubre de 2025, se pronunció sobre el marco de protección aplicable a los funcionarios públicos que padecen cáncer o se encuentran en tratamiento, conforme a la Ley N° 21.258.

El pronunciamiento tuvo origen en una consulta formulada por un funcionario de la Subsecretaría del Interior, quien solicitó determinar si los servidores públicos diagnosticados con cáncer, o en remisión de la enfermedad, gozan de fuero laboral que impida modificar sus condiciones contractuales o desvincularlos mientras dure el tratamiento.

En el marco del análisis, la Contraloría recordó que la Ley N° 21.258 modificó el Código del Trabajo con el fin de resguardar los derechos de los trabajadores diagnosticados con cáncer, incorporando el artículo 2°, inciso octavo, que prohíbe condicionar la contratación o permanencia laboral al hecho de padecer o haber padecido dicha enfermedad, y el artículo 489 bis, que califica como grave el despido discriminatorio fundado en ese motivo.

El órgano contralor destacó que, si bien la historia legislativa de la Ley N° 21.258 demuestra la intención de extender su aplicación tanto al sector público como al privado, la norma no contempló expresamente un período de fuero laboral para las personas afectadas por cáncer, ya que la propuesta en tal sentido fue rechazada durante la tramitación en el Senado.

En ese contexto, la Contraloría reiteró el criterio establecido en el Dictamen N° E127453/2021, precisando que las licencias médicas derivadas de la enfermedad no son útiles para declarar la vacancia por salud incompatible con el desempeño del cargo, pero que no corresponde extender, por interpretación administrativa, la protección legal hasta conferir un fuero no previsto por el legislador.

En consecuencia, el órgano fiscalizador concluyó que la Ley N° 21.258 otorga un marco de protección integral a los trabajadores que padecen cáncer o están en tratamiento, aplicable también al sector público, pero sin establecer un fuero laboral que impida la modificación contractual o desvinculación de los funcionarios en tales circunstancias.

Vea Dictamen N° E171789N25.

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