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Cartas al Director

Impuesto al patrimonio

Si se busca que sea un impuesto recaudador, creo que su inclusión va a decepcionar: en la generalidad de los países en los que se ha establecido este tipo de impuesto la recaudación no alcanza al 1% del PIB.

Por Redacción·06 de noviembre de 2019·1 min de lectura
imagen: abogadosenimpuestos.com
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Debido a la actual coyuntura social que vive el país, se ha dispuesto una reorientación del proyecto de modernización tributaria. Una de las propuestas surgidas ha sido el impuesto al patrimonio, cuya evaluación depende del objetivo que se pretenda perseguir. Si se desea mandar una señal a la sociedad de que se están adoptando medidas para corregir las profundas desigualdades, constituiría un avance. Por el contrario, si se busca que sea un impuesto recaudador, creo que su inclusión va a decepcionar: en la generalidad de los países en los que se ha establecido este tipo de impuesto la recaudación no alcanza al 1% del PIB.

Creo que hay que ser cauteloso al momento de establecer este tipo de gravamen por dos razones. En primer lugar, Chile tiene impuestos patrimoniales. En esta categoría, se encuentra el impuesto territorial (contribuciones de bienes raíces) y el de transmisión del patrimonio (impuesto a la herencia). Por lo tanto, establecer un impuesto al patrimonio va a aumentar aún más la carga tributaria, debiéndose analizar el efecto combinado que se podría producir; y, en segundo lugar, se colocan muchas expectativas sobre estos impuestos que no se cumplen. De hecho, en los años 60’, el país lo incorporó de manera transitoria por tres años. Al cumplirse el plazo, se eliminó su permanencia por los magros resultados que tuvo.

En este caso, sería bueno mirar la historia y evaluar si, en el actual contexto, cumpliría con el objetivo propuesto.

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