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Opinión.

Ley 21.420: un golpe a la minería que nadie vio venir, por Claudia Valdés Muñoz.

La Ley 21.420 ha generado preocupación en la minería chilena por sus cambios en plazos, condiciones y requisitos para concesiones. El artículo 10, que impone informes detallados en plazos estrictos, afecta especialmente a las pequeñas y medianas empresas. Aunque busca mayor transparencia, la ley no aborda adecuadamente las necesidades del sector, lo que podría desalentar la exploración y afectar su viabilidad operativa.

Por Redacción·14 de marzo de 2025·2 min de lectura
Imagen: kunakair.com
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Desde su promulgación, la Ley 21.420 generó inquietud entre los mineros chilenos debido a las modificaciones sustantivas al Código de Minería. Nuevos plazos, condiciones y montos asociados a las concesiones de inmediato encendieron el debate. Uno de los golpes más duros vino de la mano del artículo número 10 de dicha norma.

Según el nuevo marco legal, los concesionarios de exploración deberán presentar un informe detallado dentro de los 30 días posteriores a la extinción de su concesión, mientras que quienes estén trabajando en explotación tendrán que hacerlo cada dos años. Si bien, la búsqueda de mayor transparencia es loable, muchas empresas mineras pequeñas y medianas no cuentan ni con los recursos ni la estructura para cumplir con estas obligaciones en los plazos establecidos.

Otro punto de discusión se centra en la confidencialidad de la información geológica. La ley establece reserva por un período de cuatro años. No obstante, muchas veces, los concesionarios se ven forzados a compartir información estratégica con el Estado, sin garantías claras sobre el resguardo de los datos.

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