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Diario Constitucional

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Gastos de alimentación en que incurren prestadores de servicios a honorarios deben ser reembolsados si sus contratos contemplan esa posibilidad.

El pronunciamiento complementa los Dictámenes N°27.434 de 2018 y N°4.455 de 2019.

Por Redacción·31 de julio de 2022·1 min de lectura
Imagen: tarjetas-online
Referencial

El pronunciamiento complementa los Dictámenes N°27.434 de 2018 y N°4.455 de 2019 . . .

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