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Diario Constitucional

Sorprendido “in fraganti”.

Encontrándose en posesión de especies provenientes de un robo sin poder justificar su origen lícito configura un delito de receptación.

El acusado fue sorprendido trasladando una caja de mercaderías de una empresa de encomienda, a escasos metros de donde se encontraba el camión de la misma empresa que había sido robado horas antes, por lo que el acusado no pudo justificar el origen legal del paquete.

Por Redacción·30 de diciembre de 2024·3 min de lectura
receptación.
Referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó al acusado a la pena de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo, como autor del delito consumado de receptación.

El día 21 de diciembre de 2021 un camión repartidor de una empresa de encomiendas fue robado mientras entregaba sus encargos en la comuna de El Bosque. La víctima denunció el hecho a Carabineros y la empresa otorgó la posición del camión mediante el GPS del vehículo.

Al llegar a la ubicación, en la comuna de La Pintana, los agentes policiales divisan cerca del camión al acusado, quien portaba una caja de la empresa de encomiendas, y al divisar a Carabineros, huyó del lugar por los techos de las casas del sector. Al ser detenido, indicó no tener relación con el robo del vehículo, afirmando no portar especies al momento de ser aprehendido por Carabineros, quienes lo pusieron a disposición de la justicia por su participación en el delito de receptación, pues no podía menos que conocer el origen ilícito de las especies que trasladaba al momento de ser sorprendido por la policía.

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