Asuntos de Interés Público
Recurso de unificación de jurisprudencia acogido.
El plazo para demandar los feriados legales adeudados es de dos años y se computa desde el término del contrato, resuelve la Corte Suprema.
El feriado legal, o “vacaciones”, al ser un derecho irrenunciable del trabajador, se encuentra protegido por la regla del inciso primero del artículo 510 del Código del Trabajo, y la acción para reclamar su pago prescribe en dos años. Sin embargo, tal plazo debe computarse desde la finalización del contrato, y no desde que el feriado legal se hace exigible.

El feriado legal, o “vacaciones”, al ser un derecho irrenunciable del trabajador, se encuentra protegido por la regla del inciso primero del artículo 510 del Código del Trabajo, y la acción para reclamar su pago prescribe en dos años. Sin embargo, tal plazo debe computarse desde la finalización del contrato, y no desde que el feriado legal se hace exigible . . .
🔒 Contenido Premium
Te puede interesar

Asuntos de Interés Público
Caso Sartor: De la sanción administrativa a la investigación penal y sus efectos sobre el club de fútbol Universidad de Chile, por David Alejandro Leal Alarcón

Asuntos de Interés Público
Sitiales: cómo elegir el asiento perfecto para tu living

Asuntos de Interés Público
La contradicción de la justicia quijotesca
Newsletter
Lo esencial del derecho, cada mañana
Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.