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Amparo Constitucional

Recurso de amparo rechazado por Corte Suprema.

PDI realizó diligencias investigativas previa autorización telefónica de la Fiscal Adjunto, por lo que no vulneró garantías constitucionales del imputado.

A diferencia de lo declarado en la sentencia impugnada, la PDI no ha incurrido en ilegalidad al practicar diligencias investigativas respecto del amparado, pues las mismas fueron efectuadas previa autorización de Fiscal a cargo de la investigación, en los términos previstos en los artículos 180 y 194 del Código Procesal Penal.

Por Francisca Barrios Benavente·04 de diciembre de 2023·1 min de lectura
Imagen: La Tercera.
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A diferencia de lo declarado en la sentencia impugnada, la PDI no ha incurrido en ilegalidad al practicar diligencias investigativas respecto del amparado, pues las mismas fueron efectuadas previa autorización de Fiscal a cargo de la investigación, en los términos previstos en los artículos 180 y 194 del Código Procesal Penal . . .

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