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Amparo Constitucional

Recurso de amparo acogido.

No se puede decretar el inmediato cumplimiento del saldo de la pena luego de revocada por incumplimiento la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, si se encuentra pendiente el recurso de apelación, resuelve la Corte de Copiapó.

A pesar que la resolución impugnada no es una sentencia definitiva que ponga termino al juicio, la pena sólo podrá cumplirse una vez que se encuentra ejecutoriada conforme al artículo 174 del Código de Procedimiento Civil.

Por Francisca Barrios Benavente·07 de octubre de 2022·1 min de lectura
No se puede decretar el inmediato cumplimiento del saldo de la pena luego de revocada por incumplimiento la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, si se encuentra pendiente el recurso de apelación, resuelve la Corte de Copiapó.
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A pesar que la resolución impugnada no es una sentencia definitiva que ponga termino al juicio, la pena sólo podrá cumplirse una vez que se encuentra ejecutoriada conforme al artículo 174 del Código de Procedimiento Civil . . .

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