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Amparo Constitucional

Recurso de amparo acogido por Corte de San Miguel.

Mantener a una recién nacida en el Hospital porque no se remite el informe solicitado por el Juzgado de Familia en el marco de una medida de protección por vulneración de derechos, vulnera su libertad ambulatoria.

A la dupla psicosocial del Hospital actualmente le restan por realizar algunos trámites a este respecto, sin embargo, todos ellos se refieren al actuar de la madre y el padre de la niña, y no respecto de la tía, quien ya fue evaluada favorablemente por dicha dupla y respecto de quien ambos padres están de acuerdo en que se le conceda el cuidado provisorio de la niña.

Por Francisca Barrios Benavente·14 de julio de 2024·1 min de lectura
Mantener a una recién nacida en el Hospital porque no se remite el informe solicitado por el Juzgado de Familia en el marco de una medida de protección por vulneración de derechos, vulnera su libertad ambulatoria.
Imagen referencial

A la dupla psicosocial del Hospital actualmente le restan por realizar algunos trámites a este respecto, sin embargo, todos ellos se refieren al actuar de la madre y el padre de la niña, y no respecto de la tía, quien ya fue evaluada favorablemente por dicha dupla y respecto de quien ambos padres están de acuerdo en que se le conceda el cuidado provisorio de la niña . . .

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