Amparo Constitucional
Amparo constitucional acogido
Corte de Apelaciones revoca decisión y concede pena sustitutiva a conductor ebrio
Error en la valoración de antecedentes penales lleva a la Corte a acoger recurso de amparo y otorgar reclusión parcial domiciliaria. Se consideró erróneamente una condena posterior a los hechos juzgados como antecedente para denegar la pena sustitutiva. La falta de fundamentación adecuada en una resolución judicial puede ser motivo de amparo, especialmente cuando afecta la libertad personal

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso de amparo interpuesto en contra de la sentencia del Juzgado de Garantía de Laja, que condenó al acusado a la pena efectiva de 541 días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad causando daños, pero le negó la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna.
El recurrente alegó que el tribunal, a la hora de condenar le denegó la reclusión parcial nocturna como pena sustitutiva invocando la existencia de una condena anterior dictada el 12 de mayo de 2023 por un hecho delictual ocurrido en 2020, en circunstancias que los hechos por los que se condenó al amparado en esta causa bajo procedimiento abreviado ocurrieron el 14 de octubre de 2022, es decir, antes de la sentencia anterior, lo que constituye un error jurídico que impide considerar dicha condena como antecedente válido.
Aduce que, no se valoraron adecuadamente antecedentes favorables como el contrato de trabajo vigente, cotizaciones previsionales, certificado psicológico, declaración sobre buena conducta y su rol como único sostén familiar, y que la resolución carece de fundamentación suficiente, vulnerando el artículo 35 de la Ley N°18.216, el artículo 36 del Código Procesal Penal y los principios constitucionales del debido proceso y libertad personal.
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