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Amparo Constitucional

Recurso de amparo rechazado.

Allanar un inmueble sin orden judicial dentro del periodo de flagrancia, no vulnera garantías constitucionales, resuelve la Corte de Talca.

El personal policial se encontraba cumpliendo funciones que se encuentran comprendidas dentro de la esfera de su competencia, conforme a las atribuciones legales autónomas que detenta.

Por Francisca Barrios Benavente·22 de diciembre de 2022·1 min de lectura
Allanar un inmueble sin orden judicial dentro del periodo de flagrancia, no vulnera garantías constitucionales, resuelve la Corte de Talca.
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El personal policial se encontraba cumpliendo funciones que se encuentran comprendidas dentro de la esfera de su competencia, conforme a las atribuciones legales autónomas que detenta . . .

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