Medio Ambiente.
Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamaciones contra medida de clausura temporal total del autódromo de Codegua.
El Tribunal estableció que el “riesgo” o “daño inminente” para la salud de la población, se habría configurado mediante la constatación de la superación de la norma.

El Tribunal estableció que el “riesgo” o “daño inminente” para la salud de la población, se habría configurado mediante la constatación de la superación de la norma . . .
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