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Diario Constitucional

En un proyecto hidroeléctrico.

Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite reclamación en caso de interpretación restrictiva del SEA a consulta previa a los pueblos indígenas.

Se aduce que la interpretación de la RCA excede las competencias de la Dirección Ejecutiva del SEA, pues fija el alcance y sentido de las disposiciones del Convenio 169 de la OIT.

Por diarioconstitucional·26 de julio de 2018·1 min de lectura
Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite reclamación en caso de interpretación restrictiva del SEA a consulta previa a los pueblos indígenas.
Referencial

Se aduce que la interpretación de la RCA excede las competencias de la Dirección Ejecutiva del SEA, pues fija el alcance y sentido de las disposiciones del Convenio 169 de la OIT . . .

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