Actualidad Internacional
Tribunal Europeo de Derechos Humanos
TEDH avala condenas de activistas sancionados por extraer retratos del presidente de Francia en ayuntamientos
El Tribunal consideró que las multas con suspensión no vulneraron la libertad de expresión, pese a tratarse de una acción política simbólica. La sentencia subraya que la apropiación de los retratos constituyó un delito de robo en grupo. El fallo marca un precedente sobre los límites entre protesta simbólica y actos punibles en el marco de la desobediencia civil.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) desestimó las demandas deducidas contra Francia por las condenas dictadas contra activistas ecologistas sancionados por descolgar y robar retratos del Presidente de la República en varios ayuntamientos del país. No constató ninguna violación del artículo 10 (libertad de expresión) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, al estimar que las condenas fueron proporcionadas y ajustadas a derecho.
Un grupo de ciudadanos franceses y un ciudadano belga, miembros un colectivo, participaron en acciones de protesta consistentes en la sustracción de retratos oficiales del presidente de la República en varios ayuntamientos. Las acciones, realizadas de forma pública y difundidas en medios y redes sociales, dieron lugar a investigaciones penales y posteriores condenas por el delito de robo en grupo.Los tribunales impusieron sanciones que oscilaron entre 200 y 500 euros.
Los demandantes interpusieron recursos para impugnar las sanciones, alegando una vulneración de su libertad de expresión conforme al artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Tras la desestimación de los recursos, los activistas demandaron al Estado el TEDH. Las jurisdicciones nacionales consideraron que sus acciones no estaban amparadas por la libertad de expresión, por configurar delitos según la legislación penal francesa.
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