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Actualidad Internacional

Recurso de casación desestimado.

Multa a un hombre que se negó a vestirse tras presentarse desnudo en la comisaría a poner una denuncia.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo español ha confirmado la condena al pago de una multa de 1.080 euros por un delito de desobediencia impuesta a un hombre que se negó a vestirse tras presentarse desnudo en una Comisaría de Valencia a presentar una denuncia.

Por Elke von Loebenstein·16 de octubre de 2024·3 min de lectura
Imagen: 20minutos.es
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena al pago de una multa de 1.080 euros por un delito de desobediencia impuesta a un hombre que se negó a vestirse tras presentarse desnudo en una comisaría de Valencia a presentar una denuncia.

Los hechos ocurrieron a las 9 de la mañana del 20 de agosto de 2020, cuando el ahora condenado acudió a la Comisaría de Distrito Marítimo de Valencia, completamente desnudo, pese a llevar ropa para vestirse en una mochila, para poner una denuncia contra una persona. De forma reiterada los agentes le indicaron que se vistiera, puesto que estaba en un lugar público con más ciudadanos y que estaba alterando el funcionamiento normal de la oficina. A pesar de las múltiples advertencias que se le hicieron de las consecuencias legales de su conducta, “se negó clara y tajantemente” a vestirse, diciendo que tenía derecho a ir desnudo, por lo que fue detenido.

El tribunal considera que la orden impartida por los agentes fue legítima y afirma que el proceder de estos “era necesario para mantener el orden público y la convivencia pacífica, y que en todo momento fue acorde con los principios básicos y criterios de actuación, como ejes fundamentales en torno a los cuales gira el desarrollo de las funciones policiales”, y con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que en su artículo 11 establece como una de sus funciones “mantener y restablecer, en su caso, el Orden y la Seguridad Ciudadana”.

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